¿Es posible anular el seguro de vida vinculado a hipoteca?

¿Es posible anular el seguro de vida vinculado a hipoteca?

¿Es obligatorio tener seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Este es el primer dato que hay que tener en cuenta, el banco jamás te puede obligar a contratar o vincular un seguro de vida junto a tu préstamo hipotecario.
Eso fue así hasta el año 2019, ya que a los bancos les interesaba mucho vincular las pólizas de vida con la hipoteca para asegurarse el cobro total del préstamo que daban a sus clientes en caso de fallecimiento, una fecha en la que salió la Ley Hipotecaria (Ley 5/2019, de 15 de marzo) que regulaba los contratos de crédito inmobiliario.
Y en la que se expone que “quedan prohibidas las prácticas de venta vinculada de préstamos”, aún así puede que el banco intente persuadirte para combinar ambas ventas a través de descuentos únicos, pero nunca podrán vincular la concesión del préstamo a la suscripción, o no, del seguro de vida.

Dicho esto, puede resultar interesante la contratación del seguro de vida, supone un alivio importante para tus herederos en caso de fallecimiento, les liberaría de deudas y preocupaciones futuras.

El único seguro que hay que contratar de forma obligatoria con la hipoteca es el seguro de hogar, pero solo con la cobertura de incendios, el resto de prestaciones son complementarias.

¿Cómo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Si en su momento decidiste contratar tu seguro de vida con el banco y te has arrepentido, ya sea porque la oferta que te hicieron ya no te parece tan buena o porque alguna entidad te ofrece nuevos descuentos y bonificaciones o por cualquier otro motivo, ahora te daremos algunas claves para anular esta vinculación.

Primeramente, si tienes la suerte de haberlo contratado hace menos de 30 días naturales, no tendrás que dar explicaciones al banco (o a la aseguradora), solo con enviar un escrito a la aseguradora ejerciendo tu derecho de desistimiento unilateral quedará rescindida la póliza, este derecho viene recogido en el artículo 83a de la Ley de Contrato de Seguro.

Si el seguro que has contratado es renovable anualmente, es decir, no se trata de un seguro de vida de prima única, tendrás que hacer saber a la entidad con un mes de antelación que no quieres renovar la póliza. Normalmente las renovaciones se llevan a cabo el día 31 de diciembre, por lo que habría que mandar el escrito antes del día 1 de diciembre.

Ya que, una vez pasado ese día se da por hecho que estás conforme y el seguro se renovará automáticamente por otro año.

Lo recomendable es enviar el escrito con mayor antelación, a poder ser 2-3 meses para que no haya problemas ni trámites interminables que pueden evitar la cancelación, el banco puede plantear alguna traba para intentar la retención de esos clientes que quieran cancelar su seguro.

Existe otro caso en el que podrás cancelar el seguro de vida de tu hipoteca y es en el caso de que sea el banco el que varíe el precio del seguro, en ese caso sí que tienes un periodo de 15 días para pensarte la propuesta y deducir si aceptarla o rechazarla.

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Datos a incluir en el escrito

En el escrito oficial que mandes al banco para cancelar el seguro de vida tienen que ir, explícitamente, incluidos los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos
  • DNI
  • Número de la póliza que queres cancelar
  • Fecha del envío
  • Texto explicativo del motivo de la carta, solicitando la baja

Cancelar seguro de vida prima única hipoteca

También es importante conocer los seguros de prima única y por qué su cancelación es más complicada, esto es porque son seguros que se pagan en una sola cuota, a la fecha de la suscripción del seguro, por lo que no hay una fecha de renovación explícita.

Dicho eso, sí que se pueden cancelar pero la devolución del dinero será un proceso más complicado y, seguramente, provocará cambios en el precio de la hipoteca. De acuerdo a la ley, la entidad bancaria sí que debería devolver la parte correspondiente al asegurado, pero esto es solo en teoría, en la práctica muchos de estos casos acaban en los tribunales con disputas interminables.

¿Si cancelas el seguro de vida puede haber cambios en la hipoteca?

La respuesta habitual a esta pregunta es si, el banco intentará resistirse a perder un activo y a la posibilidad de cancelar la póliza. Esto significa que pondrán problemas y te harán alguna oferta para retenerte, y en última instancia si aún así cancelas la póliza puede que esto cambie las condiciones de la hipoteca, ya que en el momento de la firma es posible que el banco añadiera alguna bonificación por la compra conjunta.

Llegado a ese punto lo mejor que puedes hacer es comprobar si te compensa dar de baja el seguro de vida, comparar cuánto te va a costar esa cancelación, hacer números entre el nuevo montante de la hipoteca y del nuevo seguro de vida y seguir adelante con la cancelación o frenar los trámites.

Un detalle importante a tener en cuenta antes de solicitar la anulación, es que lo más probable es que el dinero invertido en ese seguro de vida sea a fondo perdido, ya que no te serán devueltas las cuotas pagadas. La devolución o extorno del dinero en un seguro de vida no es algo común.

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FALLECIMIENTO

Desde 20 €/año

  • Fallecimiento por cualquier causa
  • Invalidez Permanente Absoluta
  • Doble capital en caso de fallecimiento por accidente
  • Triple capital en caso de accidente de circulación
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FALLEC. + INVALIDEZ

Desde 45 €/año

  • Fallecimiento por cualquier causa
  • Invalidez Permanente Absoluta
  • Doble capital en caso de fallecimiento por accidente
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Desde 67 €/año

  • Fallecimiento por cualquier causa
  • Invalidez Permanente Absoluta
  • Doble capital en caso de fallecimiento por accidente
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