¿Qué es la sucesión intestada o ab intestato?

¿Qué es la sucesión intestada o ab intestato?

En la mayoría de casos, cuando una persona fallece existe un documento legal donde quedan reflejados los bienes a repartir y los beneficiarios elegidos, pero hay una serie de casos en los que este documento no existe, es ahí cuando se da la sucesión intestada o ab intestato.

¿Qué es la sucesión intestada o ab intestato?

La sucesión intestada es un proceso legal que se aplica cuando una persona fallece sin haber dejado redactado un testamento o lo ha hecho pero no ha nombrado a los herederos en su testamento. En ese caso, es el Código Civil el que establece las reglas que deben seguirse para determinar quiénes son los herederos legales de la persona fallecida y cómo se debe distribuir su patrimonio entre ellos.

¿Qué significa ab intestato?

Ab intestato es una expresión latina utilizada en la jerga jurídica que significa "sin testamento". Se utiliza en el ámbito legal para referirse a una situación en la que una persona fallece sin haber dejado un testamento válido que especifique cómo se deben distribuir sus bienes y propiedades.

Se produce ab intestato cuando una persona fallece sin haber dejado testamento válido o sin haber nombrado herederos en vida. En este caso, la sucesión se rige por las leyes de sucesión intestada del país correspondiente.

Sucesión intestada en el Código Civil

Todo lo que atañe a este tipo de sucesión se recoge en varios artículos del Código Civil, empezando por el 658 que dice que “La sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento y, a falta de éste, por disposición de la ley”, que implica que a falta de sucesores designados en el testamento será la Ley quien se encargue de designarlos.

El orden (establecido entre los artículos 913 y 956) marcado va en sentido descendente, por lo que la herencia en primer caso sería para (puede variar por normas específicas de cada Comunidad Autónoma):

En caso de que el fallecido no tuviera descendencia:

Si no hubiera ni posibilidad ascendente ni descendente, los herederos serían:

En último caso, y si no hubiera sido posible ninguna de las posibilidades anteriores, será el Estado quien heredará los bienes del fallecido. Así lo dice el Código Civil en el artículo 956 “A falta de personas que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto en las precedentes Secciones, heredará el Estado quien, realizada la liquidación del caudal hereditario, ingresará la cantidad resultante en el Tesoro Público,”

También en el Código Civil, en su artículo 912, vienen recogidos los casos en que tiene lugar la sucesión intestada o ab intestato:

  1. Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez.
  2. Cuando el testamento no contiene institución de heredero en todo o en parte de los bienes o no dispone de todos los que corresponden al testador. En este caso, la sucesión legítima tendrá lugar solamente respecto de los bienes de que no hubiese dispuesto.
  3. Cuando falta la condición puesta a la institución del heredero, o éste muere antes que el testador, o repudia la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer.
  4. Cuando el heredero instituido es incapaz de suceder.

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¿Quién hereda en una sucesión ab intestato?

Para resumir y aclarar el tema de la sucesión del punto anterior, como hemos comentado el Código Civil establece un orden de prelación que se basa en la relación de parentesco con la persona fallecida.

  1. En primer lugar, se consideran los hijos y descendientes, luego los padres y ascendientes, y en tercer lugar los hermanos y sobrinos.
  2. Si no hay herederos en ninguno de estos grupos, se procede a buscar otros parientes más lejanos, como tíos, primos y sobrinos nietos. Si después de agotar todas las posibilidades no se encuentran herederos, la herencia pasa al Estado.
  3. Una vez que se han determinado los herederos legales, se procede a la distribución de los bienes de la herencia. Esta distribución se realiza de acuerdo con las reglas establecidas por el Código Civil, que establecen que los herederos deben recibir una parte proporcional de la herencia, según su grado de parentesco con la persona fallecida.

En definitiva, el Código Civil establece unas reglas que deben seguirse para determinar quiénes son los herederos legales de la persona fallecida y cómo se debe distribuir su patrimonio entre ellos.

Como hemos dicho, cada Comunidad Autónoma puede establecer unos criterios diferentes, el proceso en Cataluña, por ejemplo, tiene el siguiente orden: hijos, cónyuge, ascendientes, hermanos y Estado.

¿Qué diferencias hay entre sucesión testada e intestada?

La principal diferencia entre la sucesión testada (la más habitual) y la intestada es que en la primera el fallecido ha dejado un testamento en el que ha especificado cómo se tienen que repartir sus bienes y patrimonio, mientras que en la segunda el fallecido no ha dejado un testamento y, por lo tanto, la ley establece cómo se repartirán sus bienes entre sus herederos legales.

En la sucesión testada, el testamento es el que establece cómo se tienen que repartir los bienes y patrimonio del fallecido, se trata de un documento vinculante que deben respetar todas las partes. En cambio, en la sucesión intestada, la ley es la que establece cómo se repartirán los bienes del fallecido.

Otra diferencia importante es que en la sucesión testada el proceso de la herencia y reparto de bienes es más rápido y sencillo, todo está más mecanizado y establecido, ya que el testamento marca claramente quiénes son los herederos y cómo se repartirán los bienes, mientras que la sucesión intestada suele dar a problemas y conflictos entre los herederos, retrasando el proceso de herencia y aumentando los gastos legales.

Pasos y requisitos para la declaración de herederos abintestato

En general, la sucesión intestada se divide en dos etapas: la primera consiste en la determinación de quiénes son los herederos legales de la persona fallecida, y la segunda en la distribución de los bienes de la herencia entre ellos.

Para proceder a la declaración de herederos en una sucesión intestada, hay que seguir una serie de pasos, siempre y cuando alguno de los posibles herederos esté vivo (este proceso lo pueden realizar descendientes, ascendientes, cónyuges…):

  1. Verificación de la muerte: La muerte de la persona debe ser verificada y se deben obtener los documentos necesarios, como el certificado de defunción.
  2. Presentación de documentación en una notaría de la localidad donde hubiera fallecido:
    • Certificado de defunción del fallecido.
    • DNI del fallecido.
    • Certificado de Actos de Últimas Voluntades del fallecido.
    • Certificado de nacimiento de los hijos. Si estos son los que van a heredar.
    • Certificado de matrimonio. Si es el cónyuge el que va a heredar.
    • Libro de familia.
    • Cualquier otro documento que pueda probar la relación de parentesco entre el fallecido y el familiar heredero.
    Para este proceso debe haber 2 testigos aprobados por los familiares y que puedan dar fe de que todo se está realizando correctamente. También se debe presentar una lista de los bienes y deudas del fallecido para que el notario sepa qué bienes tenía el fallecido y como repartirlos.
  3. Acta de Declaración de Herederos Abintestato. Una vez pasen 20 días hábiles desde la petición de la herencia, el notario emitirá una resolución declarando a los herederos legales y la proporción en la que deben recibir la herencia, esto quedará reflejado en un documento vinculante. Este documento tendrá la misma validez que una sentencia judicial y permitirá a los herederos tomar posesión de los bienes del fallecido.

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