¿Hay carencia en los Seguros de Vida?

¿Hay carencia en los Seguros de Vida?

Que es el periodo de carencia en un seguro

¿Hay carencia en los Seguros de Vida?

El periodo de carencia en un seguro es el tiempo que pasa desde que una persona contrata un seguro con unas coberturas determinadas y el momento en el que puede disfrutar de esas coberturas. Para que lo veas de forma más clara, te ponemos un ejemplo. Si contratas un seguro de salud regular en enero, la aseguradora suele establecer un periodo de 6-8 meses de carencia para servicios como un trasplante o una cirugía ambulatoria, por lo que estos procesos no estarían incluidos en tu póliza hasta mínimo junio de ese año.

Es una forma que tienen las aseguradoras de proteger sus propios intereses, no se puede pretender contratar una póliza y utilizar al día siguiente para operarse, para evitar fraudes y usos malintencionados de los seguros.

El periodo de carencia está clasificado por meses y es algo que está más presente en los seguros de salud, en otras pólizas existe, pero no tiene la misma relevancia que en estos, donde es algo básico conocer las carencias antes de la contratación. También porque varían dependiendo del producto y de la aseguradora, por lo que conviene saber de forma fehaciente que incluye, qué no y qué carencias tiene la póliza que te interesa.


Carencia en los Seguros de Vida

¿Hay carencia en los Seguros de Vida?

En los seguros de vida no hay periodo de carencia como tal, es decir, en una póliza de vida no vas a encontrar ningún apartado donde se hable de periodo de carencia.

Aunque se podría hablar de aproximación en algunas exclusiones. Una exclusión en un seguro es un caso que no se cubre en la póliza y que, por lo tanto, no se indemnizará. Un ejemplo de exclusión en los seguros de vida sería que el accidente que provoca la invalidez o el fallecimiento se produjera bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Y dentro de estas exclusiones, si que hay una que tiene establecido un periodo de tiempo para determinar si se cubre o no, que es el suicidio y el periodo suele ser de 12 meses. Es decir, que si el asegurado contrata un seguro de vida y se suicida a los 3 meses, esa es una circunstancia que no se va a indemnizar.

El apartado exclusiones lo podrás encontrar en las cláusulas del contrato de tu seguro de vida.



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