Certificado de seguros de vida: guía completa 2026

Certificado de seguros de vida: guía completa 2026

El certificado de seguros de vida es un documento oficial emitido por el Ministerio de Justicia que acredita si una persona fallecida tenía contratado algún seguro de vida o con cobertura de fallecimiento. Este certificado es fundamental para que los herederos y beneficiarios puedan identificar las pólizas existentes y reclamar las indemnizaciones correspondientes.

¿Qué es el certificado de seguros de vida?

El certificado de seguros de vida, también conocido como Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, es un documento oficial que:

Definición legal

Según el Real Decreto 1558/2012, el certificado de seguros con cobertura de fallecimiento es el documento expedido por el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento que recoge todos los contratos vigentes en los que figuraba como asegurada la persona fallecida y las entidades aseguradoras correspondientes.

¿Qué incluye el certificado?

El certificado de seguro de vida normalmente incluye:

¿Qué es el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento?

El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento es una base de datos pública dependiente del Ministerio de Justicia en la que las compañías aseguradoras están obligadas legalmente a comunicar todos los seguros que comercializan con cobertura de fallecimiento.

Características del registro

¿Qué seguros están incluidos en el registro?

Tipo de seguro Descripción
Seguros de vidaPólizas que pagan indemnización por fallecimiento del asegurado.
Seguros de accidentesCuando incluyen cobertura de fallecimiento por accidente.
Seguros de decesosPara cubrir gastos de sepelio y servicios funerarios.
Seguros de automóvilSi incluyen cobertura de fallecimiento del conductor.
Seguros de hipotecaCon cobertura de amortización por fallecimiento.
Pólizas individuales y colectivasTanto contratos individuales como seguros colectivos de empresa.

Seguros excluidos del registro

No se expiden certificados de seguros de vida para:

Diferencia entre certificado de seguros de vida y certificado de últimas voluntades

Es fundamental diferenciar estos dos documentos, ya que muchas personas los confunden:

Característica Certificado de últimas voluntades Certificado de seguros de vida
Qué acreditaSi el fallecido hizo testamento y dónde.Seguros de vida contratados por el fallecido.
RegistroRegistro General de Actos de Última Voluntad.Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento.
Coste3,86 €3,86 €
Plazo mínimo solicitud15 días hábiles desde el fallecimiento.15 días hábiles desde el fallecimiento.
Plazo de entrega7 días hábiles aproximadamente.7 días hábiles aproximadamente.
¿Se pueden solicitar juntos?Sí, en el mismo trámite con el modelo 790.

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Cómo solicitar el certificado de seguros de vida

Existen dos formas de solicitar el certificado de seguros de vida: online (telemática) y presencial. A continuación, detallamos ambos procedimientos.

Requisitos previos para solicitar el certificado

Opción 1: solicitar el certificado de seguros de vida online

La forma más rápida de solicitar el certificado de seguros de vida online es a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia:

  1. Accede a la Sede Electrónica: Entra en www.mjusticia.gob.es y busca "Certificado de Seguros con Cobertura de Fallecimiento".
  2. Identificación digital: Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente.
  3. Cumplimenta el formulario: Rellena el modelo 790 online con los datos del fallecido.
  4. Adjunta documentación: Sube en formato PDF el certificado de defunción y tu DNI.
  5. Paga la tasa telemáticamente: 3,86 € mediante tarjeta bancaria o banca electrónica.
  6. Envía la solicitud: Recibirás un justificante de presentación.
  7. Recibe el certificado: En aproximadamente 7 días hábiles, lo recibirás en tu buzón de notificaciones electrónicas.

Opción 2: solicitar el certificado de seguros de vida presencialmente

  1. Descarga el modelo 790: Desde la web del Ministerio de Justicia o recógelo en una gerencia territorial.
  2. Cumplimenta el formulario: Rellena todos los campos con letra clara.
  3. Paga la tasa: 3,86 € en una entidad bancaria colaboradora con la Agencia Tributaria.
  4. Reúne la documentación: Certificado de defunción original o copia compulsada, DNI del fallecido y del solicitante.
  5. Presenta la solicitud en gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, Registro Civil, oficinas de Correos o cualquier registro público habilitado.
  6. Recoge el certificado: En aproximadamente 7 días hábiles.

Solicitud desde el extranjero

Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero pueden solicitar el certificado por correo postal enviando la documentación al Registro General de Actos de Última Voluntad, C/ Bolsa 8, 28012 Madrid; o bien presentar la solicitud en el consulado español de su país de residencia.

Documentos necesarios para solicitar el certificado

Para solicitar el certificado de seguros de vida, necesitas reunir la siguiente documentación:

Coste y forma de pago

La tasa para obtener el certificado de seguros de vida es de 3,86 euros (año 2026). Las formas de pago disponibles son:

Plazos importantes

Concepto Plazo
Plazo mínimo para solicitar15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento.
Plazo de emisión del certificadoAproximadamente 7 días hábiles desde la solicitud.
Disponibilidad de datos en el registro5 años desde la fecha de defunción.
Plazo aseguradoras para comunicar contratos7 días desde que tienen conocimiento del fallecimiento.

¿Qué hacer después de recibir el certificado de seguros de vida?

Paso 1: analiza el certificado

Si aparecen contratos, el certificado indicará el nombre de cada compañía aseguradora y el número de póliza. Si no aparecen contratos, hará constar expresamente que "no constan contratos vigentes en el Registro".

Paso 2: contacta con las aseguradoras

Para cada seguro identificado en el certificado, llama a la compañía aseguradora, informa del fallecimiento y proporciona el número de póliza. Solicita información sobre el capital asegurado, los beneficiarios designados, las coberturas incluidas y la documentación necesaria para el siniestro. Si eres beneficiario, inicia el proceso de reclamación.

Paso 3: reúne documentación para la reclamación

Generalmente, las aseguradoras solicitan: certificado de defunción, DNI del fallecido y del beneficiario, documentación que acredite la condición de beneficiario, certificado de últimas voluntades (si aplica), declaración de herederos o testamento, parte médico de defunción (en algunos casos) y cuestionario de la aseguradora cumplimentado.

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Casos especiales y situaciones particulares

¿Qué pasa si el certificado indica que no hay seguros?

Significa que el fallecido no tenía seguros registrados en el sistema. No descarta al 100% la existencia de seguros muy antiguos o no comunicados. Puedes revisar documentación personal del fallecido por si hubiera recibos o pólizas. Los seguros excluidos del registro no aparecerán.

¿Puede haber errores en el certificado?

Ocasionalmente puede haber inexactitudes por aseguradoras que no comunicaron el contrato, contratos muy recientes aún no actualizados, o errores en los datos del asegurado. En estos casos, puedes presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

¿Puedo solicitar el certificado si no soy familiar?

Sí, según el Real Decreto 398/2007, cualquier persona puede solicitar el certificado siempre que pueda aportar el certificado de defunción y tenga un interés legítimo justificable. Ejemplos: acreedores del fallecido, abogados representando a herederos, gestores administrativos autorizados.

Preguntas frecuentes

El coste es de 3,86 euros. Esta tasa cubre tanto el certificado de seguros de vida como el de últimas voluntades si los solicitas conjuntamente.

Aproximadamente 7 días hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud. En épocas de alta demanda puede demorarse ligeramente más.

Debes esperar al menos 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Este plazo permite que las aseguradoras comuniquen los contratos al registro.

Sí, puedes solicitarlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para identificarte.

Sí, por correo postal enviando la documentación a Madrid, o presentando la solicitud en el consulado español de tu país de residencia. El pago puede realizarse en sucursales bancarias con presencia en ese país.

No. El certificado de últimas voluntades acredita si el fallecido hizo testamento y dónde se encuentra. El de seguros de vida acredita los seguros contratados. Son documentos diferentes, aunque se pueden solicitar simultáneamente.

No. El certificado solo indica qué seguros existen y con qué compañías están contratados. La información sobre beneficiarios y capital asegurado debe solicitarse directamente a cada aseguradora.

Revisa la documentación personal del fallecido buscando recibos o pólizas. Si encuentras evidencia, contacta directamente con la aseguradora. También puedes presentar reclamación ante la Dirección General de Seguros si sospechas que una aseguradora no comunicó el contrato.

Los datos se mantienen disponibles en el registro durante 5 años desde la fecha de defunción. Pasado ese plazo, ya no se pueden solicitar certificados.

No es necesario. El trámite es sencillo y puedes realizarlo por tu cuenta. Solo necesitas reunir la documentación requerida y seguir los pasos indicados en esta guía.

Conclusión

El certificado de seguros de vida es un documento fundamental tras el fallecimiento de un familiar para identificar todas las pólizas de seguro con cobertura de fallecimiento que pudiera tener contratadas. Emitido por el Ministerio de Justicia, permite a los herederos y beneficiarios conocer la existencia de seguros y reclamar las indemnizaciones correspondientes.

El proceso para solicitar el certificado de seguros de vida es relativamente sencillo y puede realizarse tanto online como presencialmente por solo 3,86 euros, tasa que, si se solicita junto con el certificado de últimas voluntades, cubre ambos documentos.

Recuerda esperar al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento antes de solicitarlo, y que el certificado tarda aproximadamente 7 días hábiles en emitirse. Los datos permanecen disponibles en el registro durante 5 años desde la fecha de defunción.

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Fallecimiento por cualquier causa
Invalidez Permanente Absoluta
Doble capital en caso de fallecimiento por accidente
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