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Ya la mayoría de la gente tiene claro qué es un seguro de vida, qué cubre, su finalidad y más, pero sigue habiendo ciertos puntos más desconocidos en estas pólizas que está bien saber antes de contratar una o durante la vigencia de ese seguro.
Uno de estos puntos es el derecho de reducción del seguro de vida, una posibilidad que dan estos seguros y que permite al tomador tener mayor flexibilidad en caso de pasar por un mal momento económico.
Gracias a la magnitud e importancia que tiene el mundo de los seguros en España, especialmente en vida y muerte, los clientes pueden disfrutar de una serie de derechos que hacen a estas pólizas algo más apetecible.
El derecho de reducción hace referencia a una posibilidad que se le da al tomador de un seguro de vida, donde si pasa por apuros económicos y no paga las primas, se mantiene la póliza pero con coberturas reducidas y una indemnización acorde al periodo pagado.
Con esto, el asegurado puede disfrutar de lo que ofrece un seguro de vida aunque sea de una manera reducida. Por ejemplo, si has pagado un 10% del seguro de vida y decides no pagar más primas, el capital indemnizado correspondería a ese 10% que has pagado, con lo que al menos te asegurarías un mínimo.
Asimismo, el asegurado puede pedir a la aseguradora la rehabilitación del seguro en cualquier momento, dando toda la flexibilidad al tomador. El seguro solo se mantiene en pausa, no se pierden los derechos como asegurado.
Como decíamos, la relevancia de estos seguros en nuestro país, permite que las aseguradoras den mayor flexibilidad y pueden autorregularse, dándole un margen de movimiento a los principales actores, los consumidores. Si en algún momento contratas un seguro de vida y durante un periodo no puedes pagarlo, es algo que consta como posible dentro los seguros, por lo que no tiene que convertirse en una situación dramática.
Además de la reducción, los tomadores de seguros de vida tienen otros derechos como el de rescate y el anticipo.
El primero posibilita que los asegurados que hayan pagado los dos primeros años del seguro, puedan rescatar el seguro, es decir, pueden cobrar la parte proporcional de su póliza si así lo necesitan. Cada prima que abonas en un seguro de vida lleva una parte de “previsión”, esta previsión es la que permite que la aseguradora te pague si necesitas salirte de forma prematura de la póliza
El derecho de anticipo tiene una función muy parecida, te permite cobrar una parte del capital asegurado de forma adelantada por si lo necesitas para urgencias, es una forma de préstamo. Este es un sistema que conlleva un aumento de la prima posterior, por los intereses que se crean con el anticipo. Igualmente, los asegurados deben haber pagado los dos primeros años de la póliza.
Otro aspecto en los seguros de vida donde se utiliza la palabra reducción es cuando se habla de herencias y sucesiones. Para aclararlo, te contamos a qué se refiere esta otra reducción.
Bajo unas ciertas condiciones, se aplicará una reducción del 100% para los beneficiarios de un seguro de vida en el impuesto de sucesiones, las condiciones son:
Como has podido ver, los seguros de vida tienen muchas ventajas, tanto para su contratación y vigencia, pero también un beneficio monetario en las reducciones sobre los impuestos y la base imponible del IRPF.
Tipo de seguro | FALLECIMIENTO |
FALLEC. + INVALIDEZ |
DOBLE CAPITAL |
TRIPLE CAPITAL |
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Precio por año | Desde 20 €/año | Desde 45 €/año | Desde 67 €/año | Desde 90 €/año |
Fallecimiento por cualquier causa | ||||
Invalidez Permanente Absoluta | ||||
Doble capital en caso de fallecimiento por accidente | ||||
Triple capital en caso de accidente de circulación |